Presenta Ulises Treviño amparo por violación al derecho de petición, para seguir en la contienda por la FGJNL

El abogado regiomontano José Ulises Treviño García presentó recientemente un amparo ante el Juzgado Cuarto de Distrito en materia Administrativa, para que el Congreso del Estado responda sus peticiones a fin de que lo sigan contemplando como aspirante para la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León.

Treviño García mencionó que entregó un documento ante la Oficialía de Partes del Congreso, dirigida al Presidente de la Mesa Directiva del mismo, Mauro Guerra Villarreal, desde el pasado mes de Febrero, para fines de que pueda seguir en la contienda para Fiscal General, y haciendo referencia a la nulidad relativa de actuaciones a partir de la exclusión de la carta de no antecedentes penales, sentencia que fue emitida por la Suprema Corte de Justicia.

En ese sentido Ulises Treviño pidió constancia de seguir formando parte de los aspirantes a ocupar la FGJNL, sin embargo no habido respuesta o se ha echo caso omiso a dicha petición por parte del Congreso del Estado.

“Presenté un amparo porque no me han contestado el diputado Mauro (Guerra Villarreal), el Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, no me ha contestado, le estoy diciendo que quiero contender, seguir en la contienda porque así debe de ser en acatamiento a la resolución de la Sala de la Suprema Corte de Justicia que todos sigan participando se debe de regresar hasta el momento en que se dijo que no se ocupaba la carta de antecedentes  penales.

“Entonces ahora nos deben a nosotros de dar la oportunidad de notificar para ir a tramitar esa carta pero ahorita ni siquiera se está dando el trámite, no las están expidiendo tampoco, ni tampoco nos han dicho nada a nosotros se está haciendo todo en lo oscurito”, expresó

El también presidente de la Comisión Internacional de Derechos Humanos en Nuevo León exigió a través del documento entregado al Presidente de la Mesa Directiva, Mauro Guerra, para que se le informe de todas las actuaciones derivadas del proceso de selección desde la fecha en que se ordenó la reposición del mismo.

Además reiteró que se le haga de su conocimiento de cualquier otro requerimiento adicional que deba cumplir para estar en aptitud de contender y no ser excluido del proceso de selección, sin antes ser escuchado.

Entradas relacionadas